AUTOR:

Alfonso García Gambín

Presidente Club Integración Deportiva Casa Murcia Getafe

Representante de los Clubes en Comité Ejecutivo Liga Baloncesto en Silla de Ruedas – División de Honor

 

Escribo esta carta abierta desde la perspectiva de un Club Deportivo, encuadrado en el deporte para personas con discapacidad física, y más concretamente en el baloncesto en silla de ruedas, con la simple intención de expresar mis experiencias en el mundo deportivo, analizadas desde el Club que presido. Igualmente, me he basado en aquello que me han transmitido dirigentes de otros Clubes, con los que comparto la realidad del día a día en un deporte minoritario, como es el nuestro.

Es posible que todo o parte de lo expresado pueda verse reflejado en la problemática de una base importante de Clubes, sin discernir si sus deportistas tienen o no alguna discapacidad, y sin pretender arrogarme representatividad alguna o estar en posesión de la toda la verdad. Sí creo que en esta carta abierta se concreta una realidad por la que están pasando los Clubes que conforman deportes minoritarios, y en especial los practicados por deportistas con discapacidad.

Quiero indicar que el ámbito sobre el que hago énfasis refiere a la alta competición. Sin que por esto deje de lado el trabajo que se realiza en el deporte base, difícil de conjugar en el mundo de la discapacidad tal y como se entiende en deportes de no discapacitados, ni el trabajo con escuelas deportivas, ni por supuesto el derecho de practicar deporte como terapia de salud o bien como una simple motivación, para mantenerse en forma.

El deporte paralímpico tiene derecho a disponer de una competición continuada en la élite. De igual forma, sus deportistas tienen derecho a ser referencias sociales, debemos trabajar en pos de situar a los deportistas con discapacidad como iguales a sus pares sin discapacidad. Avanzar en conseguir estos objetivos debe posibilitar establecer canales comunicantes entre un deporte base real, un desarrollo de escuelas deportivas y su acceso real a la práctica, a su máximo nivel, de la competición. Debemos conseguir que el deporte paralímpico sea visto como una práctica habitual y no como lo que encierra la frase “pobrecitos cuanta voluntad ponen” que tantas y tantas veces escuchamos en los pabellones.

¿Cuál es la razón de incluir la palabra exclusión en el titular, y no titularlo como debería ser: deporte inclusivo? La respuesta la intentaré ofrecer en las siguientes líneas desde una perspectiva de un sector muy concreto como son Los Clubes Deportivos que al fin y al cabo son los que hacen posible que la existencia de deportistas con discapacidad, en nuestro caso física, sea una realidad en el deporte de élite, aunque algunos se empeñan en no verlo ¡Cómo si fuésemos invisibles!

Si se consiguen éxitos deportivos, en las grandes citas (Olimpiadas. Mundiales y Europeos de Selecciones Nacionales) vemos que las mismas son gracias al apoyo que reciben los deportistas desde las Federaciones, Comité Paralímpico y Consejo Superior de Deportes, esto es algo común de escuchar, leer u oír cuando llegan las medallas, será que deslumbran su color. Aparecen imágenes de dirigentes, casi ninguno de Clubes, junto a los deportistas y en casi todos los medios. Se entregan premios y más premios, actos de reconocimiento, entrevistas, etc. a deportistas, en un porcentaje elevado, y a “altos” dirigentes. Todo esto hasta que, pasado un tiempo, desaparece como por arte de magia y toca esperar otros 4 años para repetir los faustos. Pero que ocurre durante esos 4 años ¿quién mantiene a los deportistas en forma y permite que puedan entrenar y prepararse para la nueva cita? ¡¡¡Oh sorpresa!!! ¿Pudieran ser los Clubes Deportivos? esos que parece no se encuentra implicados en el mundo deportivo, al menos es lo que parece algunas veces ¿Pero cuál es la razón de que me lleva a expresar tal cosa? Permítanme que lo indique con algunos datos, que no intentan expresar opiniones y si definir realidades, al menos esa es mi intención que, por supuesto, pudiese estar errada en alguno de los datos presentados, en este caso solicito la equidad del lector y de las entidades para otórgame su indulgencia.

  1. Nueva Ley del Deporte: Se están realizando reuniones, promovidas por el CSD, donde se ha indicado que participan todos los estamentos que componen el mundo del deporte. Pues bien, siendo posible que así sea para el mundo del deporte olímpico, es decir no discapacitados, en el mundo del deporte paralímpico, discapacitados, creo que no es del todo verdad, o al menos desde la perspectiva de un club, como el que presido, dedicado a la práctica del baloncesto en silla de ruedas y miembro de la Comisión de Clubes de División de Honor en el seno de la Federación Española. Deporte donde España fue medalla de plata en Río 2016, y que se considera uno de los más importantes, en número de licencias, del deporte paralímpico, tanto en España como a nivel mundial.

Con total seguridad nuestro Club puede ocupar el puesto 67.030, número total de Clubes en España en 2017 según el Anuario de Estadísticas Deportivas 2018 publicado en mayo de 2018 por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Pero sí creemos que nos encontramos entre los más importantes en el mundo del deporte paralímpico, y podemos decir que no conocemos un club en nuestro ámbito deportivo al que se la ha solicitado opinión sobre el contenido de la futura Ley del Deporte. Y estamos hablando de aquellos que configuramos el mundo del baloncesto en silla de ruedas: deporte rey dentro de nuestro colectivo, al menos por número de licencias según palabras de D. José Alberto Álvarez García, Presidente de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física (FEDDF). Por tanto, un proceso que afecta directamente a nuestros Clubes, y donde parece que no tenemos nada que decir.

  1. Deporte Inclusivo Palabras muy en boga en la actualidad, y que hasta el momento no desarrolla una actuación o acción común para el deporte paralímpico, y que puede referir a cosas diferentes en estamentos diversos, dependiendo quien las utiliza. A continuación, y como actuación muy importante en intentar definir, en su justa medida, que es el Deporte Inclusivo, vemos una iniciativa del Consejo Superior de Deportes para llegar a un consenso común de todos los sectores deportivos ¡Oh eso es lo que se pretende! Veamos que indica el CSD en su página Web:

Madrid, 23 de octubre de 2018.– El Consejo Superior de Deportes ha acogido hoy la constitución de la Mesa del Deporte Inclusivo, iniciativa que cuenta con la representación de todos los sectores implicados y cuyo objetivo es el desarrollo de un conjunto estructurado de actuaciones relacionadas con el fomento de la actividad deportiva para la promoción de la inclusión y la integración en el deporte a través del deporte. 

La constitución de la Mesa del Deporte Inclusivo se enmarca en el compromiso del Ministerio de Cultura y Deportes y el Consejo Superior de Deportes por el desarrollo de una actitud de respeto que fomente la sensibilización, el conocimiento y el respeto a la diferencia a través de la práctica deportiva.

Los principales objetivos de esta Mesa serán el diseño de una hoja de ruta en el ámbito del deporte inclusivo en España y la generación de un modelo propio, respetando las características de todos los implicados y con el horizonte final de conseguir un modelo integrado de deporte en el que tengan cabida todas las personas.

La composición de la primera reunión de la Mesa del Deporte Inclusivo ha sido la siguiente:

Mariano Soriano – director general de Deportes del CSD

Carlos Gascón – subdirector general de Alta Competición del CSD

Manuel Calvo – jefe de Servicio de Alta Competición

Eva Moral Pedrero – Deportista Paralímpica

Carlos Daniel Casares – secretario general de la Federación de Municipios y Provincias

Carmen Ocete, investigadora posdoctoral de la Cátedra de Estudios del Deporte Inclusivo de la UPM

Julia Casanueva – presidenta de la Federación Española de Vela

Vicente Martínez – presidente de la Federación Española de Tiro con Arco

Juan José Román – presidente de la Federación Española de Piragüismo

Alberto Jofre – director gerente del Comité Paralímpico Español

Francisco Javier Rebollo – jefe de Área de Entidades Tuteladas de la Dirección General de Políticas de

Discapacidad del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social

Francisco José Maldonado – secretario general de la Federación Española de Deportes para Ciegos

Roberto Sánchez – secretario general de la Federación Española de Deportes para Sordos

Vicente Zalve – presidente de la Federación Española de Personas con Discapacidad Intelectual

José Alberto Álvarez – presidente de la Federación Española de Personas con Discapacidad Física

Julián Rebollo – presidente de la Federación Española de Personas con Parálisis Cerebral y Daño

Cerebral Adquirido

La composición se completará con dos representantes de las Comunidades Autónomas cuya

designación se realizará en la próxima reunión de la Comisión Sectorial del Deporte.

¿Están presentes todos los sectores implicados? Yo considero que no o al menos no veo ningún Club en la composición de la Mesa del Deporte Inclusivo. Si bien es verdad que puede ser que los mismos no seamos representativos del futuro esperado para el mismo.

  1. Leyes autonómicas que regulan las profesiones del deporte para el ejercicio como técnicos, tanto profesionalmente como en forma voluntaria, de: Monitores/as, Entrenadores/as, Preparadores/as Físicos y Directores/as, debiendo disponer los mismos de titulaciones que les permitan ejercer como tales.

Hasta aquí parece que todo tienen su lógica, pero alguien se ha preguntado como podrán obtener su titulación deportista con discapacidad cuando no se dispone de un programa de estudios adaptado a su discapacidad, al menos en cuanto a la física se refiere, es decir se ponen barreras a que deportistas con discapacidad que han jugado en la élite puedan ejercer como técnicos. Por poner un ejemplo: Para entrenar como técnico en baloncesto en silla de ruedas es válido el programa de técnico en baloncesto a píe, con o sin formación específica de baloncesto en silla, pero un exjugador que ha sido medalla de plata con España en una Para Olimpíada tendría muchas dificultades para hacerlo, con título oficial. ¿Qué parapléjico, con éxitos a nivel mundial, puede realizar asignaturas que requieren movilidad sin utilizar la silla? No iniciemos la casa por el tejado, adaptemos cursos a sus alumnos y después exijamos la titulación, pero no dejemos al margen a quienes pueden enseñar la práctica de un deporte, partiendo de sus propias experiencias.

  1. Subvenciones Este apartado debe ser analizado desde líneas diferentes de actuación, tales como: Ley de Subvenciones y su aplicación en las diferentes administraciones. Diversidad de los Clubes, participantes en los proyectos subvencionables. Subvenciones a Entidades de índole superior a los Clubes, donde gran parte de sus actividades dependen de la existencia de los mismos. Comunidad Autónoma donde se encuentra la sede social del Club, muy diferente en las Comunidades uniprovinciales del resto, siendo un motivo de diferenciación, en importes recibidos, la existencia de las Diputaciones Provinciales. Si se aplican, o no, otras leyes tendentes a nivelar diferencias entre los solicitantes.

A continuación, y con anterioridad a indicar algunos ejemplos de subvenciones y su impacto en Clubes presentes en deportes paralímpicos, quisiera referir lo indicado en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Artículo 2 (Definiciones) donde refiere que es para la aplicación de la Ley: Discapacidad. Igualdad de Oportunidades. Discriminación directa. Discriminación indirecta. Discriminación por asociación. Etc. Importante es el párrafo g) que define que son Medidas de Acción Positiva, una definición que, de tenerse en consideración, en los procesos de subvenciones, debería evitar los desequilibrios que se producen al comparar por igual ambos ámbitos deportivos. En concreto define las medidas, como: son aquellas de carácter específico consistentes en evitar o compensar las desventajas derivadas de la discapacidad y destinadas a acelerar o lograr la igualdad de hecho de las personas con discapacidad y su participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, social, educativa, laboral y cultural, atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad.

La no aplicación de las medidas de acción positiva y las consecuencias, seguro que no buscadas, de no incluir Medidas de Acción Positiva para las subvenciones al deporte paralímpico pueden producir lo contrario a lo especificado en el RD 1/2013, anteriormente referido. Las medidas aplicables en el momento de calificar los proyectos deportivos, al menos en los ejemplos reales que expondré más adelante, diferencian a los Clubes. Una de las razones de la diferenciación real que se produce actualmente, es sencilla: Los colectivos sin discapacidad están en una posición más ventajosa o favorable, simplemente son mayoritarios en la sociedad. ¿A qué es sencillo y no es necesario pensar mucho? Reflexionemos si la intervención de los poderes públicos debería ir dirigida a superar esa situación de desventaja.

Pasemos a describir algunos ejemplos de subvenciones existentes en el ámbito deportivo, siendo el primero el referido a Federaciones donde, según mi entender, no se contemplan a los Clubes como parte importante de las mismas.

  • Consejo Superior de Deportes a Federaciones Nacionales, para contribuir a la renovación y optimización del equipamiento de alta competición de las infraestructuras deportivas relacionadas con la alta competición, así como a la adquisición de material deportivo inventariable específico para especialidades y deportistas de deporte adaptado, con una dotación para Federaciones de hasta 2.278.630,36€. Y para Programas Nacionales de Tecnificación Deportiva cuyo objetivo es apoyar a los deportistas españoles más prometedores, contribuyendo a una correcta formación deportiva que permita su evolución hacia la alta competición, con una dotación para Federaciones de hasta 500.000,00€.

En ningún momento se indica en la orden de subvención que los Clubes puedan percibir algún tipo de ayuda de las indicadas subvenciones, y si los deportistas. Nos preguntamos ¿Cuál es la razón de que los clubes asumamos los gastos de los deportistas cuando compiten con la selección? Antes de dar la respuesta, que nadie entienda que existe un solo Club que no quiera tener en sus filas a deportistas internacionales, todo lo contrario. Simplemente, como ejemplo, cuando el deportista se lesiona, o cuando regresa con la silla rota, estando con la selección, es el Club el que “sufre” las consecuencias, tanto económicas como deportivas.

  • Subvenciones Comunidades Autónomas, en determinadas Comunidades Autónomas existen subvenciones específicas para equipos que compiten en las máximas categorías dentro de su deporte, referidas a las 2 primeras divisiones nacionales. Reseñando solo la subvención existente en la Comunidad Autónoma de Madrid, como Club asentado en la misma, podemos decir que existe una clara situación discriminatoria para con el deporte paralímpico, dando como resultado variaciones en los importes asignados, para un mismo nivel de categoría nacional del deporte olímpico (no discapacitados) y paralímpico (discapacitados). Ejemplos en el año 2018, podemos ver que para los equipos sin discapacidad se han asignado: 1ª División Femenina (Fútbol) 21.662,11€ División de Honor Femenina (Hockey Hierba) 17.329,69€ División Honor Plata Femenina (Balonmano) 15.885,55€ En cambio en la Liga Nacional División Honor (Baloncesto en Silla de Ruedas) para nuestro equipo han sido de 10.397,81€.
  • Ayuntamientos, aquí al igual que en la Comunidad Autónoma, mis referencias deben ser con respecto al Ayuntamiento que conocemos y donde podemos solicitar subvención, en el área deportiva. Muy rápido y entendible: Las bases, en el momento de asignar puntuación que definen los posibles importes a recibir por cada Club, no distinguen entre deporte paralímpico y deporte sin discapacidad. No se produce ningún tipo de discriminación positiva, al final comparan a un equipo con 15/18 deportistas con otros donde se aglutinan más de 250 deportistas sin discapacidad, por no decir que se comparan competiciones de 20 equipos, con otras donde se agrupan 10 equipo, volvemos al número posible de deportistas, y nuevamente se abre una brecha inmensa entre las posibilidades de unos y otros.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Iguala a todas las Entidades, sin considerar el ámbito donde actúan, en nuestro caso: deportes discapacitados vs. deportes no discapacitados. Observamos que en su artículo 8º párrafo 3 indica: La gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se realizará de acuerdo con algunos principios, siendo especialmente relevante el punto a): Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Aquí se hace importante indicar que cuando se toma al pie de la letra, por los servicios públicos, el resultado es que todos estamos en el mismo cajón. Es decir, se hace necesario que se aplicasen algunas Medidas de Acción Positiva, encaminadas a favorecer grupos minoritarios o que puedan sufrir discriminación, en su actividad, para con el general de la población.
  • Ley de Mecenazgo Si nos remitimos al diccionario de la lengua española Real Academia Española, debería evitar referenciar lo que pienso, desde el mundo del deporte paralímpico, sobre el mecenazgo. La RAE lo define como: Protección o ayuda dispensadas a una actividad cultural, artística o científica. Pues eso, ahí lo dejamos, pero como en realidad no es así, pues continuo.

La Ley de Mecenazgo, en su Título I (Objeto y ámbito de aplicación) Indica que esta Ley tiene por objeto regular el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos definidas en la misma, en consideración a su función social, actividades y características. De igual modo, tiene por objeto regular los incentivos fiscales al mecenazgo. A efectos de esta Ley, se entiende por mecenazgo la participación privada en la realización de actividades de interés general.

En su Artículo 2 – Define claramente quienes son Entidades sin fines lucrativos, y sorpresa, las más pequeñas, si los clubes en deportes muy minoritarios, están fuera. Si están: a) Las fundaciones. b) Las asociaciones declaradas de utilidad pública. c) Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores. d) Las delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones. e) Las federaciones deportivas españolas, las federaciones deportivas territoriales de ámbito autonómico integradas en aquéllas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español. f) Las federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos a que se refieren los párrafos anteriores.

Indicado lo anterior, veremos que es muy importante para entender como se desarrollará el Proyecto de Interés Deporte Inclusivo incluido como tal en la aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018. Es muy importante definir, por el CSD, como se definirá el modo en que las Entidades Privadas podrán aportar financiación al deporte inclusivo, y sobre todo a quienes les podrá llegar.

Duda desde un Club pequeño: Si existe un proyecto de interés general como es Deporte Inclusivo y la definición de deporte inclusivo la realizan “todos los sectores implicados en la Mesa del Deporte Inclusivo” con la excepción de los Clubes, y además se encuadra como mecenazgo, es decir solo a disposición de las Entidades definidas por la Ley ¿Podremos los Clubes disponer de mecenazgo privado? Según mis escasos conocimientos, mucho me temo que la respuesta será NO.

  • Contrato de trabajo deportistas profesionales Solo una aportación: Los contratos de deportista profesional (RD 1006/1985) con sus Clubes, no pueden acceder a las deducciones/beneficios, existentes para cualquier otro contrato de trabajo para personas con discapacidad.

Una anécdota, para finalizar, sobre los cauces para obtener ingresos. Quisiera indicar lo que podíamos definir como: “Una pequeña maldad de descoordinación”.

Desde el CSD se aportan ayudas, que se indica que serán aumentadas en 2018, para desplazamientos de equipos y/o deportistas de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla a la Península, por su participación en competiciones nacionales. Pues bien, después de aprobar en los presupuestos generales del estado de 2018 que los residentes en dichas zonas abonarán el 25% del billete de avión, nos surge una pregunta: ¿Y para los que tenemos que ir a dichos lugares desde la Península, con sobrecostes en número de billetes de avión y material (sillas)? Si analizamos los costes actuales, aquellos que abonan los Clubes, actualmente es más económico desplazarse, por ejemplo, desde Canarias a la Península para disputar toda una temporada, que hacerlo solo por la Península.

Sinceramente creo que el deporte paralímpico merece que se aplique un poco de discriminación positiva, y en concreto cuando el mismo consigue algo que es un derecho de las mujeres, y de todo ser humano, como es la igualdad. Igualdad que, en deportistas con discapacidad física, se lleva a practica real: Mujeres y hombres compiten en el mismo equipo, a esto sí creo que se puede llamar deporte inclusivo sin condicionantes de ningún tipo.

Finalizo realizando un llamamiento a quien corresponda: Los clubes que nos encontramos encuadrados en el deporte practicado por personas con discapacidad, desearíamos ser escuchados, con anterioridad a cerrar las diversas actuaciones en marcha, y así poder aportar nuestro granito de arena, o al menos que podamos transmitir la problemática que tenemos en la actualidad. La alta competición paralímpica, excepto en los años Olímpicos, parece no existe y que los deportistas con discapacidad “emergen como por arte de magia” cada 4 años, sin considerar quien ha venido posibilitando su práctica deportiva, durante el periodo de escasa visibilidad social.

No deseamos ser excluidos, como Clubes, en un deporte inclusivo. Y por supuesto, no queremos dejar de lado la problemática de los deportistas, son nuestra razón de ser y existir, pero esto es motivo de otra carta abierta donde se especifiquen las dificultades que tienen para desarrollar aquello que más les gusta: Practicar deporte.

AUTOR:

Alfonso García Gambín

Presidente Club Integración Deportiva Casa Murcia Getafe

Representante de los Clubes en Comité Ejecutivo Liga Baloncesto en Silla de Ruedas – División de Honor